Una de las primeras palabras que aprendemos los Abogados, que se vuelve parte de nuestra jerga común, es el aforismo "Con la Venia" que empleamos al momento de esgrimir nuestros alegatos y
peticiones ante un Juez, siendo muchas veces pronunciado en audiencias o redactado en escritos dirigidos a Jueces o altos funcionarios. Sin embargo, un alto porcentaje de
abogados y jueces desconocen su significado, así que, apoyando el rescate del formalismo del derecho, les traigo su significado.
La Palabra Venia, proviene del Latín "Venia" que significa
favor, gracia, permiso y perdón, y del latín "Venial" que significa
perdonable; según el Diccionario Jurídico de Guillermo Cabanellas, se
entiende en los siguientes significados:
1. Perdón de Ofensa.
2. Remisión de Culpa.
3. Autorización, licencia o permiso para ejecutar algo, si no está
prohibido.
Es común denominador, que la palabra sea usada en el ámbito
jurídico como planteamiento formal para solicitar permiso, sin embargo, la mayoría de los Abogados, usan ésta palabra, simplemente porque así siempre ha sido, ya que en todos los escritos judiciales, se utiliza de manera formal, pero muchos desconocen en el fondo su procedencia.
Así tenemos, cuando en los escritos nos dirigimos al juez y
decimos "Con la Venia de estilo, ocurro y expongo...",
estamos solicitando una autorización formal al juez, que está embestido de un
poder, del cual, aquel que se dirija a él no posee, para que con su permiso nos
habilite a un determinado acto jurídico.
Asimismo, durante un juicio, si
un Abogado desea hacer una intervención oral, tiene que pedir permiso al Juez
para hablar, y por lo tanto, lo hace pidiendo la venia, en éste caso nos
estamos refiriendo a la conocida frase “Con su venia, Señoría…”, la
cual es recurrente, en el ejercicio del Derecho Español y el Derecho Inglés.
Pero la venia, también puede
darse entre Abogados, “Dar la venia...” entre Abogados, ocurre cuando un
cliente cambia de Abogado, y el nuevo Abogado, para poder representar a ése
cliente, tiene que "Pedir la venia...” a su colega que
hasta ese momento, representaba al cliente, como un acto formal de respeto al
trabajo realizado por el anterior, y perdón de ofensa, en el caso que éste se
sienta ofendido, por ser el nuevo Abogado de su cliente, y por lo tanto,a través de ésa petición-autorización, el
anterior lo autoriza para ser el nuevo Abogado de su cliente. Éste petición-autorización, es una formalidad que se cumple en algunos países Europeos.
En éste ultimo caso, podemos
entender que en Venezuela aunque no se pide formalmente la venia a un colega,
se puede dar ésta autorización por hecho, cuando el anterior Abogado hace
entrega formal de toda la documentación que éste posea de su cliente al nuevo
Abogado, y pasa factura por la finalización de sus servicios a su cliente, y
que por el Código de Ética Profesional, puede ser sancionado al no dar la
venia, ya que si no entrega todo aquello que esté en su poder, puede ser
denunciado y ser objeto de una sanción disciplinaria por el Colegio de
Abogados.
Finalmente, espero que con éste
particular, haya colaborado con ustedes a entender un poco más nuestra
profesión, y sus incansables formalismos, que para unos necesarios, para
mantener el grado de seriedad y compromiso, y para
otros, innecesarios en nuestros tiempos.
Saludos.
Abg. Oreana Díaz